domingo, 1 de diciembre de 2013

Las religiones aportan reconocimiento social

  
Ser  abogado, alfarero, diseñador o católico implica otras ventajas que se suman a la utilidad principal: SER socialmente reconocido.

Este artículo es continuación de otro (1) en el que, básicamente, decía que para los humanos no alcanza con que sintamos estar vivos cuando observamos las actividades biológicas de respirar, ir, venir, hacer cosas, también necesitamos el reconocimiento social, precisamos SER para los demás.

Para acceder a esta segunda constatación de existencia buscamos poseer características que nos identifiquen públicamente y, en el mencionado artículo, hacía mención a los esfuerzos que hacemos para acceder a un título y ponía como ejemplos los de abogado, alfarero o diseñador.

Por lo tanto, para poder satisfacer esa necesidad de sentirnos reconocidos socialmente como existentes, apelamos al estudio: con los estudios logramos que alguna entidad educativa nos provea un título que servirá, directamente, para confirmar oficialmente que SOMOS abogados, alfareros o diseñadores.

Aun reconociendo que no es un argumento serio para la mayoría de las personas, es preciso que lo diga: la palabra estudios es, en nuestro idioma, la yuxtaposición de otras tres palabras: ES TU DIOS.

Si usted tolera este debilitamiento de la racionalidad como para admitir que dicho fenómeno lingüístico tiene alguna influencia en nuestra vida como hispanos (pues la palabra «estudios» no es la suma de otras tres en los demás idiomas), avancemos otro poco.

Para poder decir «Yo SOY católico», (o adherente a cualquier otra religión), necesito hacer menos esfuerzo que para decir «Yo SOY abogado, alfarero o diseñador».

Por lo tanto, esta forma de conseguir el reconocimiento social es la más económica, la más accesible para quienes no pueden hacer un esfuerzo mayor.

Reconozcamos que ser  abogado, alfarero, diseñador o católico implica otras ventajas, (laborales, religiosas), que se suman a la que, como digo,  probablemente sea la principal: SER socialmente reconocidos.


(Este es el Artículo Nº 2.088)



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