Sabemos que somos débiles y que debemos cuidarnos.
El instinto de conservación del que estamos dotados por la naturaleza, es tan bueno y eficiente como nuestros pies, nuestro hígado o las multifuncionales manos.
Los aspectos comerciales, mercantiles y lucrativos de nuestra sociedad, incluyen —en el actual sistema capitalista—, la libre competencia.
Esto significa que los agentes económicos están autorizados a buscar la ruina y desaparición de quienes se dedican a lo mismo e intentan compartir el mercado.
Lo digo de otro modo:
Las empresas (personas jurídicas) pertenecen a seres humanos de carne y hueso (personas físicas).
Pues bien, el sistema de convivencia basado en la teoría económica capitalista, autoriza a que unas empresas combatan a otras empresas hasta matarlas, provocarles la quiebra, expulsarlas del mercado.
Aunque utilicemos un vocabulario diferente, en el fondo esto es lo que ocurre: las personas jurídicas (empresas) están autorizadas a combatir a otras personas jurídicas, inclusive hasta matarlas.
Por supuesto que estos homicidios dolosos (1) están reglamentados para darles un baño de legalidad.
Por ejemplo, no está permitido causar daños físicos, morales o psicológicos; es delito destruir, incendiar, robar u obstruir los accesos; tampoco puede hacerse publicidad explícitamente contraria.
Es posible comparar a la libre competencia con el boxeo.
Estos deportistas se preparan para hacer el mayor daño posible y para evitar el mayor daño posible, dentro de ciertas reglas.
Entre los practicantes del sexo masculino, no están permitidos los golpes sobre la parte del cuerpo vestida por el pantalón, no se permite seguir pegándole al contrincante mientras está caído, se prohíbe morder, etc.
En suma: admitimos la libre competencia, sin excluir la extinción del semejante. Esta agresividad extrema está disimulada por el uso de un lenguaje eufemístico (ambiguo) y por normas que prohíben un salvajismo tan explícito que hiera nuestra sensibilidad.
(1) Cuando el homicidio se produce por negligencia o descuido, se denomina culposo. Cuando el homicidio es intencional, se denomina doloso.
●●●
miércoles, 22 de diciembre de 2010
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario