martes, 2 de octubre de 2012

La irracionalidad al estudiar una segunda lengua



   
Que los hispanos estudiemos el idioma inglés sólo puede ser explicado reconociendo que los seres humanos somos notoriamente irracionales.

En otros artículos (1) hice referencia a que los animales siempre procuramos hacer lo imprescindible, con el menor esfuerzo posible.

Esto me lleva a suponer que la economía y la austeridad, constituyen conductas inteligentes, alineadas con la naturaleza, mientras que el despilfarro es un síntoma de desajuste con la naturaleza.

Por el contrario, también es noble consignar que la lógica no es una función mental especialmente apta para entender a los seres humanos.

Ahora pensaré en esa cantidad de gente que disfruta estudiando un segundo idioma, otra lengua diferente a la materna.

Si pudiéramos analizar esta decisión utilizando la lógica, tendríamos que decir que los hispanos podríamos optar por cualquier otra lengua romance, esto es, sería lógico que estudiáramos francés, italiano, portugués, rumano.

En caso de que estas cinco lenguas (porque estoy incluyendo al español), nos dejara tiempo libre y energía para seguir estudiando, podríamos agregar el catalán y el gallego, porque los siete idiomas son derivados del latín vulgar y no se diferencian tanto entre sí, o sea, para ser «políglota», nada más fácil y económico que estudiar los diferentes idiomas que derivan de un mismo origen.

Por otro lado, estoy obligado a mencionar que el idioma español es el segundo idioma más hablado, porque solo es superado por el chino.

Contra toda lógica (como corresponde al ser humano bien pensante), ¿qué hacen los jóvenes masivamente (estimulados u obligados por sus padres)?: Se dedican a estudiar inglés.

99 de cada 100 estudiantes de inglés, jamás podrán hablarlo bien porque la fonética germánica es notoriamente diferente a la romance. Además, el inglés es hablado por menos personas que el español, pero la razón no cuenta para entender al ser humano.

   
Otras menciones del concepto «estudiar inglés»:

   
(Este es el Artículo Nº 1.682)

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