miércoles, 1 de agosto de 2012

Las palabras condenatorias



La sociedad utiliza palabras para calificar, bautizar, diagnosticar condenatoriamente a los ciudadanos que quiere apartar, expulsar, desterrar.

El instinto de conservación es el gran proveedor de energía para todas las reacciones defensivas que se activan cuando alguno de nuestros cinco sentidos percibe algo que nos pone en estado de alerta, haciéndonos sentir temor, miedo, pánico, terror, desesperación.

Este «apronte angustiado» es temible en sí mismo. Si le tenemos temor a ser mordidos por una víbora, también sentimos temor a sentir temor.

Durante esas etapas previas a la presencia del peligro real, cuando imaginamos que corremos riesgo de sufrir, nuestra cabeza busca soluciones accesibles y una de las primeras en aparecer son las soluciones mágicas, junto con las de huir o agredir.

Las soluciones mágicas solo procuran aliviar la molestia que causa el miedo aunque quienes las utilizan creen que tienen eficacia real (neutralizar el peligro). Las (supuestas) armas de este método defensivo son las palabras mágicas, los conjuros, los rezos.

Como muchos peligros son imaginarios (por ejemplo, la víboras no huyen por los rezos sino porque son huidizas), la creencia en el poder salvador de las palabras mágicas crece en confiabilidad y se trasmiten de generación en generación.

Existen fenómenos de este tipo que son más sutiles pero de consecuencias significativas.

Aunque todos somos potenciales o reales infractores de las normas de convivencia, solo utilizamos palabras descriptivas para designar esas faltas. Por ejemplo: (cometemos) mentiras, robos, evasión fiscal, entre otras.

Sin embargo, también utilizamos palabras condenatorias como, por ejemplo, mentiroso, ladrón, estafador para calificar, tipificar y «etiquetar» a los ciudadanos cuando queremos apartarlos, discriminarlos y castigarlos.

Como puede verse, aquellas palabras inofensivas se convierten en verdaderos estigmas, marcas, señales, que afectan de forma radical, definitiva e irreversible a quienes tienen la desgracia de ser «bautizados» por el colectivo que integran.

(Este es el Artículo Nº 1.622)

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